LIMITE DE DOSIS
POE
PUBLICO
PACIENTE
EMBARAZADAS
LÃMITE DE DOSIS
LA COMISIÓN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN RADIOLÓGICA (CIPR) es un organismo establecido para recomendar prácticas seguras sobre el uso de radiación. En diversas ocasiones ha emitido recomendaciones, las cuales han ido variando según se ha obtenido más experiencia sobre el tema. En la actualidad se aceptan las siguientes recomendaciones de tipo general:
a) No debe adoptarse ninguna práctica que involucre radiación a menos que produzca un beneficio neto.
b) Las exposiciones a la radiación deben mantenerse tan bajas como sea razonablemente posible (en idioma inglés se usan las siglas ALARA, que vienen de As Low As Reasonably Achievable).
c) El equivalente de dosis que reciba cualquier individuo no debe exceder los lÃmites determinados por la CIPR para cada circunstancia.
En todo uso de la radiación conviene adoptar estas recomendaciones cuyo énfasis está en mantener las exposiciones tan bajas como sea posible, en vista de los efectos biológicos identificados como producto de la radiación, no excediendo los umbrales definidos en cada caso.
Para el POE se ha definido el concepto de dosis máxima permitida, aunque en la actualidad se prefiere el término lÃmite recomendado de dosis equivalente, el cual se ha fijado en 50 mSv (5 rem) por año.
DOSIS AL POE
Usaremos el lÃmite de dosis equivalente (LDE) de 50 mSv (5 rem) / año para POE. Esta dosis, promediada sobre 50 semanas, da el valor de 1 mSv (100 mrem) / semana. Considerando 40 horas de trabajo por semana, esto equivale a 25 m SV (2.5 mrem) / hora. Se recomienda no exceder estas dosis. De hecho, es de esperarse que la dosis recibida siempre sea considerablemente menor que estos lÃmites.
DOSIS AL PÚBLICO
DOSIS AL PACIENTE
GRACIAS
REFERENCIAS